Presentación  

Telf. 971.22.10.40 Fax. 971.22.10.42 E-mail: eqe@eqe.es

 EQE : LA EMPRESA

La EMPRESA BALEAR PER A LA QUALITAT DE L’EDIFICACIÓ, SAU (EQE) es una entidad constituida por el Col·legi Oficial d’Arquitectes de les Illes Balears (COAIB) para dar servicios como Entidad de Control y de OCT. Sus procedimientos y niveles de calidad han sido reconocidos por SCOR, el mayor grupo reasegurador mundial de Seguro Decenal de Daños.

A partir de la contratación de los servicios de EQE esta entidad se encarga de la gestión en la contratación de la póliza del SDD. Se ha reunido un amplio equipo humano muy cualificado y especializado. La empresa ya es una referencia en su campo y mira al futuro con vocación de excelencia.

EQE ha intervenido en más de 950 Obras de todo tipo y titularidad (pública y privada) , realizando trabajos de verificación y control. El Presupuesto de Ejecución Material de las obras es superior a 400.000.000 Euros, representan más de 4.800 Viviendas, además de locales, oficinas, aparcamientos, edificaciones públicas, establecimientos turísticos, edificios históricos, etc con una superficie construida mayor a los 750.000 m2.


 ¿EN QUÉ CONSISTE EL CONTROL TÉCNICO?

Se distinguen dos etapas claramente diferenciadas:

  • En una evaluación, en fase de proyecto, del Proyecto Básico y de Ejecución, incluido el Informe Geotécnico exigido por la EHE y El Código Técnico de la Edificación.

  • El seguimiento y Control de la Obra durante su Ejecución y, además, en la verificación de los resultados de los Ensayos de Laboratorio y de los Materiales utilizados.

  • El control realizado se refleja en unos informes que han sido normalizados por todas las compañías de seguros y que se denominan: D0, D01, D5.1, D5.2, D5.3 y D6. En obras de características especiales se pueden realizar también otros informes adicionales.

  • El informe denominado D01 debe encontrarse emitido en sentido favorable antes del inicio de la obra ya que corresponde a la verificación del proyecto básico y de ejecución. Ello evitará construir elementos estructurales que posteriormente a su ejecución deban modificarse.



 QUÉ ES Y CÓMO CONTRATAR EL CONTROL TÉCNICO Y EL SEGURO DECENAL

Desde la entrada en vigor de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación, las promociones de edificios residenciales están obligadas a tener contratado un seguro por diez años que cubra los posibles daños por vicios o defectos que puedan afectar su estabilidad (cimentación, pilares, muros de carga, vigas, forjados o elementos análogos). Dicho seguro debe ser contratado por el promotor con una aseguradora antes del inicio de la obra y suscrito definitivamente a la finalización de la misma para que los compradores puedan inscribir sus viviendas en el Registro de la Propiedad así como para obtener hipotecas, créditos, vender el inmueble en un futuro, etc.

Todas las compañías aseguradoras han decidido que para emitir sus pólizas de Seguro Decenal de Daños (SDD) sobre una vivienda que no sea para uso propio, un conjunto de varias o un edificio de viviendas se debe contratar, simultáneamente con la póliza del seguro, una Oficina de Control Técnico (OCT) para que realice una auditoria de riesgos del proyecto de ejecución y de la construcción de la obra, es decir, que emita unos certificados de verificación sin los cuales no será posible obtener el seguro y, por lo tanto, tampoco inscribir el edificio en el Registro de la Propiedad. La OCT la debe contratar el promotor, de acuerdo siempre con el Arquitecto autor del proyecto y director de la obra que es quién le facilitará una copia del proyecto básico y de ejecución y resolverá las posibles reservas técnicas que la OCT pueda señalar y sin cuya cancelación la aseguradora no emitirá el seguro definitivo.

 OTROS SERVICIOS

EQE presta, también, otros servicios de asesoramiento en el cálculo de estructuras y de asistencia técnica general en la edificación
 
 
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